
Una jueza federal de Nueva York anuló la orden migratoria del gobierno de Trump que suspendía el procesamiento visas de inmigrante para 75 países, entre ellos Cuba, Colombia y Guatemala, cuyos ciudadanos, al argumentar que sus ciudadanos probablemente necesitarían asistencia pública en Estados Unidos.
La jueza de distrito Jeannette Vargas dejó sin efecto la orden emitida por el presidente Trump y que entró en vigencia el 21 de enero pasado.
En su orden del viernes, la jueza calificó la política como "contraria a la ley" y dijo que el secretario de Estado, Marco Rubio, excedió su autoridad al emitir la normativa, la cual "contraviene" la Ley de Inmigración y Nacionalidad al ordenar "la denegación de visas a solicitantes elegibles sin fundamento legal alguno", dictaminó la jueza.
La orden migratoria no afectaba las visas de no inmigrante. Es decir, no incluía visas temporales de turismo, negocios, estudio o trabajo como B-1/B-2, F-1, J-1, H-1B o L-1.
La jueza determinó que la potestad de negar o no los visados recae en los funcionarios consulares de cada país.
Dos organizaciones sin fines de lucro y once personas habían impugnado la política, seis de ellas con familiares a quienes se les había denegado la visa.
¿Qué tipos de visas estaban en pausa para estos países?
A partir de la orden del Gobierno, las categorías afectadas eran:
- Visas de inmigrante por familia: para quienes buscan la residencia permanente mediante un familiar, incluidos cónyuges, hijos, padres y otras categorías familiares elegibles.
- Visas de inmigrante por empleo: categorías que permiten obtener la residencia permanente a través de un empleo, incluidas las distintas preferencias EB.
- Visas de inmigrante para inversionistas: como las EB-5, al ser una categoría de visa de inmigrante.
- Visas especiales de inmigrante: determinadas categorías clasificadas como Special Immigrant Visas.
- Visas de adopción internacional: también son visas de inmigrante. El Gobierno posteriormente aclaró que los niños adoptados por estadounidenses podían obtener una excepción por interés nacional, evaluada caso por caso.
Estos eran los 75 países incluidos en la orden del gobierno
- Afganistán
- Albania
- Argelia
- Antigua y Barbuda
- Armenia
- Azerbaiyán
- Bahamas
- Bangladesh
- Barbados
- Bielorrusia
- Belice
- Bután
- Bosnia
- Brasil
- Birmania
- Camboya
- Camerún
- Cabo Verde
- Colombia
- Costa de Marfil
- Cuba
- República Democrática del Congo
- Dominica
- Egipto
- Eritrea
- Etiopía
- Fiyi
- Gambia
- Georgia
- Ghana
- Granada
- Guatemala
- Guinea
- Haití
- Irán
- Irak
- Jamaica
- Jordania
- Kazajistán
- Kosovo
- Kuwait
- Kirguistán
- Laos
- Líbano
- Liberia
- Libia
- Macedonia
- Moldavia
- Mongolia
- Montenegro
- Marruecos
- Nepal
- Nicaragua
- Nigeria
- Pakistán
- República del Congo
- Rusia
- Ruanda
- San Cristóbal y Nieves
- Santa Lucía
- San Vicente y las Granadinas
- Senegal
- Sierra Leona
- Somalia
- Sudán del Sur
- Sudán
- Siria
- Tanzania
- Tailandia
- Togo
- Túnez
- Uganda
- Uruguay
- Uzbekistán
- Yemen








